Ley de arrepentimiento
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Artículo de revista
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EspañolFecha de publicación
2004Resumen
La ley no es una rememoración sino una anticipación, la renuncia a un goce abusivo no puede lograrse por la vía del arrepentimiento, pues, el arrepentimiento por el contrario, no hace sino instaurar el ciclo que garantiza la recaída en el delito. El tratamiento de lo pulsional necesita abordar la ley en su fundamento humano, es decir, no sólo en relación con la interpretación subjetiva de la falta sino con el valor de acto de la interpretación. El sujeto a partir de esta nueva relación logra romper el ciclo infernal: falta-arrepentimiento-falta.Palabras clave
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