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RAZONAMIENTO PROBATORIO Y PERSPECTIVA DE GÉNERO: reflexiones en torno a la subjetividad del juez y la latente afectación de garantías fundamentales.

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Resumen

Existe en la actualidad una inminente preocupación por la forma en que las autoridades judiciales se encuentran decidiendo las investigaciones de violencia contra la mujer que, dada su naturaleza fáctico – jurídica, deben ser abordadas con perspectiva de género; algunas decisiones de los altos tribunales han cuestionado el hecho de tener que absolver una persona respecto de la que sumariamente se ha demostrado su responsabilidad penal por no haber sido superado el grado de conocimiento para condenarlo, por seguir la corriente legal y los desarrollos jurisprudenciales de la carga probatoria exigida para este tipo de investigaciones. Dichos escenarios generan una ruptura de los fines procesales que se persiguen en el marco de un proceso penal, el respeto de las garantías fundamentales de las víctimas, la realización de la justicia y la obtención de la verdad porque, a pesar de que las mismas sean catalogadas como decisiones jurídicamente correctas, la realidad jurídica las traduce en materialmente injustas. En razón de lo anterior, el principio de debida diligencia debe propiciar cambios en el desarrollo y abordaje de estas investigaciones, en la exigencia probatoria para condenar y en la subjetividad del juez al momento de proferir sus decisiones, con el fin de que las mismas se encuentren libre de sesgos cognitivos y de estereotipos de género. De lo contrario, no tendrá sentido acudir ante la administración de justicia con el propósito de hacer efectivos los derechos de una población históricamente desprotegida.

Abstract

There is currently an imminent concern about the way in which the judicial authorities are deciding the investigations of violence against women, which given their factual-legal nature must be approached with a gender perspective, some decisions of the high courts have questioned the fact of having to acquit a person with respect to whom his criminal responsibility has been summarily proven for not having exceeded the level of knowledge to convict him, for following the legal current and the jurisprudential developments of the burden of proof required for this type of investigation . Said scenarios generate a rupture of the procedural purposes that are pursued within the framework of a criminal process, respect for the fundamental guarantees of the victims, the realization of justice and obtaining the truth, because despite the fact that they are cataloged as legally correct decisions, the legal reality translates them into materially unfair. Due to the foregoing, the principle of due diligence should lead to changes in the development and approach of these investigations, in the evidentiary requirement to convict and in the subjectivity of the judge when making his decisions, so that the same are free from cognitive biases and gender stereotypes. Otherwise, it will not make sense to go before the administration of justice with the purpose of making effective the rights of a historically unprotected population.

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