Denominación de origen e indicaciones geográficas frente a marcas registradas: el debate en la OMC.
Type
Trabajo de grado - Maestría
Document language
EspañolPublication Date
2015-12-13Metadata
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En la Organización Mundial de Comercio (OMC) el establecimiento de derechos de propiedad intelectual ha sido un elemento problemático. Principalmente porque se tiende a identificar la propiedad intelectual y en especial las patentes como instrumentos que, para el tercer mundo, pueden limitar el acceso al desarrollo económico. Sin embargo, este no es el caso de las denominaciones de origen e indicaciones geográficas (DO e IG), ya que su discusión en seno de la OMC se caracterizó por tener como protagonistas a Europa (UE) y los Estados Unidos (EE.UU), y no como tradicionalmente ocurre, al mundo desarrollado frente a los países en desarrollo. Para los estadounidenses se trata de un derecho individual que puede ser objeto de venta y franquicia. En cambio, La UE considera que dichos bienes, deben tener una protección sui generis como derecho colectivo, derivado de la geografía y el conocimiento vernáculo. El objeto del trabajo es proponer un modelo teórico que considera los principales presupuestos de la problemática. Se postula una firma que sigue las reglas de la marca de certificación del sistema legal estadounidense, y una firma bajo el sistema de IG y DO. Partiendo del trabajo de Benavente (2010) se analiza el comportamiento maximizador de las compañías; los resultados permitirán señalar los beneficios y desventajas que las dos posturas pueden tener para países que, por ejemplo, como Colombia cuentan con un acervo de recursos que por ser parte de un proceso productivo tradicional como los agrícolas o artesanales son de importancia para las regiones donde se encuentran. Dado que en muchos casos los productores de dichos bienes deberán escoger cual sistema de protección ya sea marcario o de sui generis (DO e IG) y actuar según las reglas de cada sistema.Summary
Abstract. The intellectual property, and specifically the patents rights, in the World Organization Trade (WTO) have been a problematic topic, which usually face the third world with the developed countries. Nevertheless, when the discussion involves the rights related to Geographical Indication (GI) and Appellation of Origin (AO), the problem changes the subjects; with an American Legal System that does not recognized these tools and it gives them the labelled of certification marks or quality marks, which owners are a single firm, that has the right to sale using franchise contract; on the other hand an Europe Legal System that believes in a more extension of GI’s and AO’s, not only for wines but also to traditional knowledge, agricultural foods and handcrafts because this tool protects the collective right of farmers or indigenous people. The objective is propose a microeconomic optimization model, where the principle topics in discussion are described, and it obtains the comparative results for countries like Colombia that has big resources regarding to traditional knowledge, agricultural and handicraft process, and they are important to development the regions where these resources are localized. Also, because those countries have to choose a model either the USA legal system or the Europe legal System, in both situations they must be follow the rules in each system.Keywords
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