El no reconocimiento de contrato laboral entre las madres comunitarias y el ICBF evade la obligación del Estado de brindar protección al trabajador

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Resumen

Este trabajo es el resultado de un análisis de la situación laboral de las madres comunitarias en Colombia, a partir del reconocimiento de su labor como un servicio esencial para la protección integral de la primera infancia y la materialización de los fines del Estado. El estudio parte de la premisa de que la garantía de los derechos de los niños implica, de manera inescindible, la protección laboral efectiva de quienes asumen funciones permanentes de cuidado y educación, particularmente las madres comunitarias, quienes han desarrollado esta labor por más de tres décadas en condiciones de precariedad. Desde un enfoque constitucional y legal, la investigación examina el marco normativo y jurisprudencial que ha regulado la labor de madre comunitaria desde sus inicios, así como la evolución la evolución histórica del Programa Hogares Comunitarios de Bienestar. Se identifican dos etapas claramente diferenciadas: un período de preformalización (1988–2014), caracterizado por la ausencia de reconocimiento laboral y de derechos derivados del trabajo subordinado, y un período de posformalización, iniciado con la Ley 1607 de 2012 y el Decreto 289 de 2014, en el cual, pese a ciertos avances normativos, persisten formas de precarización laboral mediante esquemas de tercerización y vínculos contractuales insuficientes. A través del análisis de la jurisprudencia constitucional y del fallido intento legislativo de establecer una vinculación directa con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), se evidencia que el Estado colombiano mantiene una deuda estructural con las madres comunitarias, especialmente en materia de estabilidad laboral y derechos pensionales. La investigación concluye que subsiste un vínculo laboral material pendiente entre estas trabajadoras y el Estado, y que la ausencia de una vinculación directa vulnera los principios de dignidad humana, igualdad y protección social. Finalmente, se sostiene que solo mediante el reconocimiento pleno de este vínculo será posible garantizar una protección laboral integral y el cumplimiento efectivo de las funciones estatales de protección a la infancia.

Abstract

This work is the result of an analysis of the employment situation of community mothers in Colombia, based on the recognition of their work as an essential service for the comprehensive protection of early childhood and the fulfillment of the State's objectives. The study starts from the premise that guaranteeing children's rights inextricably implies effective labor protection for those who assume permanent care and education roles, particularly community mothers, who have carried out this work for more than three decades under precarious conditions. From a constitutional and legal perspective, this research examines the regulatory and jurisprudential framework that has governed the work of community mothers since its inception, as well as the historical evolution of the Community Welfare Homes Program. Two clearly distinct stages are identified: a pre-formalization period (1988–2014), characterized by the absence of labor recognition and rights derived from subordinate work, and a post-formalization period, initiated with Law 1607 of 2012 and Decree 289 of 2014, in which, despite certain regulatory advances, forms of precarious employment persist through outsourcing schemes and inadequate contractual relationships. Through an analysis of constitutional jurisprudence and the failed legislative attempt to establish a direct link with the Colombian Institute of Family Welfare (ICBF), it becomes evident that the Colombian State maintains a structural debt to community mothers, especially regarding job security and pension rights. The research concludes that a de facto employment relationship remains unresolved between these workers and the State, and that the absence of a direct link violates the principles of human dignity, equality, and social protection. Finally, it argues that only through the full recognition of this link will it be possible to guarantee comprehensive labor protection and the effective fulfillment of the State's child protection responsibilities.

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